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Archivo para Viernes, 30 de Octubre de 2009

A puertas cerradas

Viernes, 30 de Octubre de 2009 Yoani Sánchez Comments off

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No sé por dónde comenzar a contar lo ocurrido en el debate de ayer, sobre Internet, organizado por la revista Temas. Sin dudas, la peluca rubia que me encasqueté me permitió colarme por la controlada entrada del centro cultural Fresa y Chocolate. Eso y los zapatos altos, los labios pintados, las argollas brillantes y un bolso enorme de color hiriente, hicieron que me trasmutará en un ser bastante diferente. Algunos amigos llegaron a decirme que me veía mejor así, con la falda apretada y corta, el contoneo sensual y las gafas de armadura cuadrada. Lo siento por ellos, el personaje que interpreté duró poco tiempo y hoy he vuelto a mi despeinada y aburrida apariencia.

A Claudia, Reinaldo, Eugenio, Ciro y otros bloggers no les permitieron la entrada. “La institución se reserva el derecho de admisión” y mis colegas del ciberespacio mostraron la impertinencia de quienes ya han sido excluidos de otros lugares, pero no quieren retirarse abochornados y en silencio. Adentro, yo lograba atrapar una silla a un costado del panel de los expositores. Algunos ojos diestros en mi enclenque fisonomía ya me habían detectado y una cámara me filmaba con la insistencia de quien prepara un expediente.

Un joven escritor pidió la palabra y lamentó que tantos hubieran sido impedidos de entrar; después vino alguien y mencionó términos como “enemigo”, “peligro”, “defendernos”. Cuando finalmente fui llamada, aproveché para preguntar qué relación había entre las limitaciones con el ancho de banda y las tantas webs censuradas para el público cubano. Aplausos cuando concluí. Juro que no cabildeé ninguno de ellos. Después llegó una profesora universitaria que cuestionó el por qué yo había recibido el premio Ortega y Gasset de periodismo. Todavía no he logrado encontrar la relación entre mi pregunta y su análisis, pero los caminos de la difamación son así de torcidos. Al terminar, varios se me acercaron para abrazarme, una mujer apenas con el roce de una mano me dijo “felicidades”. El fresco de una noche de octubre me esperaba afuera.

Si a todos los que no dejaron acceder hubieran logrado participar, aquello habría sido realmente un espacio de polémica sobre la red. Lo que ocurrió me pareció mustio y maniatado. Sólo uno de los conferencistas mencionó conceptos como Web 2.0, redes sociales y Wikipedia. El resto era la vacuna anticipada contra la perversa web, las repetidas justificaciones de por qué los cubanos no podemos acceder masivamente a ella. Tomé mi móvil y twitteé con premura “creo que lo mejor es organizar otro debate sobre Internet, sin los lastres de la censura y la exclusión”. Hoy en la mañana, con las ojeras de haber dormido apenas tres horas, estaba entregando manuales técnicos en la segunda sesión de nuestra Academia Blogger.

Algunas de las imágenes de este video me las hicieron llegar manos amigas y solidarias que estaban en el interior de la sala.

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Simple denominación estatal

Viernes, 30 de Octubre de 2009 Desde La Habana Comments off

mapacuba

En la actualidad, el término república designa a los Estados cuya jefatura es responsabilidad de un presidente o figura similar, y no de un monarca. En este sentido es que la Constitución Cubana utiliza el vocablo. El artículo 1 de la Carta Magna sostiene que “Cuba es un Estado socialista de trabajadores independiente y soberano, organizado con todos y para el bien de todos como una república unitaria y democrática (…)”

¿Realmente somos una república democrática?

El sistema republicano se basa en principios democráticos como la tripartición de poderes coordinados e independientes, en el sufragio universal, y la libertad. Ninguno se aplica al sistema político cubano. La doctrina sobre la que se organiza y funciona el Estado se opone a los mismos.

Según el artículo 68 de la Constitución “los órganos del Estado se integran y desarrollan su actividad sobre la base de los principios de la democracia socialista (…)”. El precepto establece reglas que introduce elementos del sistema republicano: “Todos los órganos representativos de poder del Estado son electivos y renovables;…los elegidos tienen el deber de rendir cuenta de su actuación y pueden ser revocados de sus cargos en cualquier momento;…”

Sin embargo, la misma norma contiene cláusulas que anulan la posibilidad de límites y controles recíprocos al poder, propios del principio de la tripartición. Se afirman las bases para un sistema de subordinación que conduce a la centralización del poder: “…las disposiciones de los órganos estatales superiores son obligatorios para los inferiores;…los órganos estatales inferiores responde ante los superiores y le rinden cuenta de su gestión;…”

¿Cuál es el órgano superior y de representación que está en la cima de la organización piramidal? La Asamblea Nacional, que es el órgano supremo del poder del Estado y el cual establece que el Consejo de Estado es quien representa a la Asamblea Nacional entre uno y otro período de se­siones.

El Consejo de Estado, además, tiene la suprema representación del Estado cubano, a los fines nacionales e internacionales. Pero la Carta Magna al regular sus atribuciones, no distingue cuáles ejercita a nombre del Estado y cuáles a nombre de la Asamblea Nacional (parlamento). En la práctica, le da una situación jurídica de poder para actuar con gran libertad.

Esta doble representación se traduce en una concesión formal y real del poder a favor de este órgano. O sea, el Consejo de Estado no es vocero particular del parlamento, sino el de toda la nación. Sin embargo, no es responsable ante el electorado, porque no ha sido elegido por el pueblo, tampoco depende de sus decisiones. La Asamblea Nacional es la que elige, de entre sus diputados, a los miembros del Consejo de Estado.

En Cuba no hay Presidente de la República, pero sí Jefe de Estado y de Gobierno, que es el Presidente de los Consejos de Estado y de Ministros, cargo gubernamental característico de los sistemas republicanos. No obstante, no realiza elecciones populares para elegir al máximo jefe estatal.

El sufragio universal se fundamenta en la idea de que el pueblo que se halle bajo un gobierno determinado, debe contar con la posibilidad de elegir a sus dirigentes, y que los gobiernos deriven sus justos poderes del consentimiento de los gobernados.

Si los ciudadanos no eligen directamente al líder que los gobierna, cómo pueden exigirle cuenta de sus gestiones al ejercer el gobierno, si ellos no fueron los que lo colocaron en el poder? ¿Cómo pueden revocar un mandato que ellos no otorgaron?

La figura del ‘dirigente máximo’ es, a su vez, parlamentario y dirigente del único partido político permitido dentro del sistema cubano. En pocas palabras: una manifestación de la unidad de poder como principio de organización estatal contrario a la democracia republicana, y una forma mantener con fuerza la unidad indivisible del poder del Estado.

La existencia de un solo partido con rango constitucional que dirige y basa su funcionamiento en el “centralismo democrático” (otro principio de organización estatal), supone la intervención de éste en el gobierno. Es decir, la reunión de sus dirigentes en el centro del poder público, robusteciendo un sistema fundado en el principio de autoridad. Ese reconocimiento impone la vigencia del monopartidismo y la consiguiente institucionalización de la ideología comunista. Y se traduce en la prohibición del pluralismo político. Pueden existir otras organizaciones; pero éstas deben ser fieles a la doctrina marxista-leninista y tienen que ejecutar la política de Partido Comunista de Cuba (PCC).

De este modo, queda garantizado que todos los sectores sociales forman parte del mismo sistema político. Les facilita a los dirigentes “venderse” como representantes de todas las clases y capas de la población y, en la práctica, haciendo innecesaria la existencia de otras organizaciones sociopolíticas. De hecho, los diputados nacionales, quienes supuestamente son los representantes del pueblo, son miembros del PCC. Es lógico, pues, que el Partido Comunista de Cuba no necesite participar en las elecciones.

Por último, quisiera señalar que la la existencia de una ley, como la Ley 88 de 1999, que invoca la defensa del Estado Socialista y la independencia de Cuba, para sancionar a todo individuo que por cualquier vía colabore con emisoras de radio o televisión, periódicos, revistas u otros medios de difusión extranjeros, dando su opinión acerca de la gestión del gobierno, viene a corroborar que los cubanos no disfrutamos de libertad para expresarnos.

En Cuba, ya se sabe, el poder se concentra y es ejercido por un número no muy amplio de personas -los miembros del Consejo de Estado- y sobre todo por su presidente. Un grupo que, además, no tiene limitadas sus atribuciones por la ley.

Los postulados ideológicos del único partido político existente, instituyen principios autoritarios de gestión gubernamental. Sus mandatos no pueden someterse a fiscalización ni control democrático por parte de los gobernados, quienes tienen suprimidas sus libertades individuales, especialmente la de expresión y opinión.

La Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas (URSS) fue un Estado dictatorial de partido único, que durante sus casi noventa años de existencia, demostró que república y democracia no son equivalentes. Porque la república es la forma de Estado basada en el concepto de que la soberanía reside en el pueblo. En el pasado, y también en el presente, ese concepto ha servido para que Estados cobijen regímenes antidemocráticos y totalitarios.

Concluyendo: el sistema de gobierno nombrado por la Constitución de la República de Cuba no es el de una república democrática, como se autoproclama en el primer artículo. Es una simple denominación estatal.

Laritza Diversent

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Con peluca y sin Internet

Viernes, 30 de Octubre de 2009 Yoani Sánchez Comments off
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Boring Home Utopics 2009-10-30 06:14:56

Viernes, 30 de Octubre de 2009 Orlando Luís Pardo Lazo Comments off
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